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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 779/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 779/2002-R

    Fecha: 28-Jun-2002

    1.

    1.   El abogado del recurrente ratifica los términos del Recurso planteado y lo amplía manifestando que se efectuaron pagos parciales y las normas de familia son de orden público, existiendo la opción de acudir a los que señala el art. 70 de la Ley N°1760, sin perjuicio del art. 11 de la Ley N° 1602.

    • VISTOS:
    • Considerando:
    • 1.
    • 2.
    • 3.
    • “el apremio en caso de incumplimiento en el pago de la asistencia familiar la que corre desde el día de la notificación con la demanda”.
    • Por tanto:

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