Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 829/2002-R
Fecha: 15-Jul-2002
1.
1. Que, el recurrente asistió en calidad de abogado a Raúl Clavel Guisbert, en el Hábeas Corpus que éste planteara contra los ahora también recurridos, Recurso que se declaró procedente -según afirmación del recurrente y que no ha sido desvirtuada por el recurrido-, habiéndose corroborado tal extremo con los actuados que cursan en el exp. 2002-04683-09-RHC.