SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 764/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 764/2002-R

Fecha: 01-Jul-2002

1.

1.  En su demanda presentada el 21 de mayo de 2002 (fs. 3 a 9), los recurrentes expresan que a raíz de la denuncia presentada por el diputado Carlos Sánchez Berzaín el 6 de octubre de 2001 ante la Fiscalía General de la República, se instruyó la investigación  contra sus representados, en la que desde el inicio se incurrió en una serie de violaciones de derechos y garantías constitucionales, y no se tomó en cuenta que ninguna norma  faculta a los diputados a denunciar presuntos ilícitos en sociedades de derecho privado de la que no forma parte el Estado.

     Indican que, no obstante, sus representados se sometieron al proceso con el  propósito de desvirtuar las falaces acusaciones. Sin embargo, uno de los fiscales, con el afán de protagonismo, apartándose de la determinación del Fiscal del Distrito, solicitó la imposición de medidas cautelares por  delitos propios de los funcionarios públicos, pese a que el Lloyd Aéreo Boliviano S.A. no es una empresa estatal, sino capitalizada, arraigándolos y restringiendo sus derechos constitucionales, además que se acumuló la querella interpuesta por  el Diputado Gonzalo Maldonado, sin que la misma sea puesta en conocimiento de sus representados, privándoles del derecho a la defensa.

     Sostienen que la Jueza recurrida no exigió el cumplimiento de los plazos de la etapa preparatoria, infringiendo así los arts. 27 y 134 del Código de Procedimiento Penal, por lo que interpone Recurso, pidiendo sea declarado procedente, se dejen sin efecto las medidas cautelares de arraigo que restringen el derecho de libertad de locomoción de sus representados, disponga la devolución de los depósitos judiciales y se declare precluido el plazo para la presentación de la acusación  penal.

1.   De acuerdo a la certificación de fs. 1, Carlos Sánchez  Berzaín, Miguel Antoráz Chalup y Felipe Carvajal Padilla, en 4 de octubre de 2001, sentaron denuncia contra los representados de los recurrentes y otros, comunicando el Fiscal Gualberto Villarroel el inicio de la investigación el  7 de octubre de ese año.