SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 781/2002-R
Fecha: 02-Jul-2002
Sandra Yaneth Parada Hurtado
1. En 22 de abril 2002, por memorial cursante a fs. 69-72 del expediente, la recurrente manifestó que Fernando Vaqueros Pedraza, en base al Instrumento Público 66/2001 de 27 de abril de 2001, planteó demanda ejecutiva por la suma de $us300.000.- en contra de Juan Carlos Roca Chávez y de su persona Sandra Yaneth Parada Hurtado.
2. Sobre la base del documento de ejecución, por memorial de 10 de julio de 2001, el acreedor plantea demanda ejecutiva en contra de Juan Carlos Roca Chávez y Sandra Yaneth Parada Hurtado (fs. 6), habiendo el Juez recurrido pronunciado Auto de Intimación de pago de 12 de julio de 2001 (fs. 8), notificándose personalmente con la referida demanda y auto a los ejecutados, entre los que Sandra Yineth Hurtado Parada es quien suscribe la diligencia (fs. 9).
3. Por Sentencia 300/2001 de 13 de agosto de 2001, se condena a Juan Carlos Roca Chávez y Sandra Yaneth Parada Hurtado al pago de la suma adeudada de $us300.000.- (fs. 22), con la mencionada Sentencia, suscribe la diligencia de notificación Sandra Yineth Hurtado Parada (fs. 23 vta.), resolución que es declarada ejecutoriada mediante proveído de 06 de septiembre de 2001 (fs. 24 vta.).