Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 813/2002-R
Fecha: 09-Jul-2002
4)
4) La nota de 10 de enero de 2002 (fs. 12) demuestra que la actora solicitó al Fiscal General de la República “quiera considerar la posibilidad de recontratarla como funcionaria del Ministerio Público”, expresando que el Ministerio Público es la base de su conocimiento y que en el tiempo que se desempeñó como funcionaria del mismo “no se preocupó por hacer vínculos de amistad o políticos en otras instituciones, razón por la que a la fecha no ha podido conseguir otra fuente de trabajo...”.