SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 853/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 853/2002-R

Fecha: 19-Jul-2002

3.

3.  Que, el recurrente insistió en su petitorio de reconsideración ante el Comandante General del Ejército (fs. 7), el cual remitió los antecedentes al Tribunal de Personal del Ejército, quien por Resolución Nº 14/2001 de 6 de febrero de 2001, desestimó la solicitud, dado que el recurrente no reclamó oportunamente y además porque al 10 de abril de 2000 ya cumplió los 55 años (fs. 9-10). Que contra esa resolución, el recurrente planteó reconsideración (fs. 11-12), que fue resuelta por el Tribunal de Personal del Ejército mediante Resolución Nº 051/2001 de 24 de mayo de 2001 declarándose improcedente el recurso (fs. 14-16).