SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 856/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 856/2002-R

Fecha: 22-Jul-2002

1.

1.   El abogado del recurrente ratifica los términos del Recurso planteado y los amplía manifestando: a) no ha tenido derecho a la defensa, está siendo detenido en forma ilegal y arbitraria con actuados que han sido consentidos por el Juez en cuanto a los plazos de detención; b) los arts. 9 y 11 de la Constitución Política del Estado y art. 237 del Código de Procedimiento Penal no reconocen a la Carceleta del Palacio de Justicia como un recinto de prisión sino la Cárcel de San Pedro; c) el Juez dictó la detención preventiva sin haber escuchado la defensa técnica ni material, basándose en antecedentes que nada tienen que ver con el caso presente para posteriormente disponer unilateralmente su detención.