SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 871/2002-R
Fecha: 19-Jul-2002
1.
1. Que, por Resolución Ministerial Nº 035 de 25 de marzo de 2002, emitida por los recurridos, se aprobó el pliego de condiciones y enmiendas Nº IICA-001-2002, para la Licitación referida por el recurrente (fs. 175), por lo que el pliego de condiciones quedó con un precio referencial de $us.8.000.000.- según consta en el punto 4.1 del pliego presentado por el mismo recurrente (fs. 44). Esta enmienda al igual que otras técnicas, fueron de conocimiento del recurrente al día siguiente de la emisión de la citada Resolución (fs.212-216), la cual se evidencia que fue dictada posteriormente a las consultas que hiciera el recurrente sobre el monto de la boleta bancaria de garantía de seriedad de propuesta (fs. 210-211).