SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 895/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 895/2002-R

Fecha: 29-Jul-2002

3.

3.  La Resolución de 26 de junio de 2002, cursante a fs. 60 y 61 de obrados, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declara PROCEDENTE el Recurso y extinguida la acción penal contra Ximena Patricia Estívariz Pericón, con estos fundamentos: 1)  a partir de la presentación de la querella, el 10 de noviembre de 2001, comenzó a correr el plazo de seis meses que el art. 134 de la Ley Nº 1970 establece,  venciendo el mismo el 10 de mayo de 2002, fecha hasta la cual no se presentó el pliego acusatorio, pues dicho término no se suspende por motivo alguno, ni por la vacación judicial;  2) el Juez Cautelar debió conminar al Fiscal de Distrito para que presente la solicitud conclusiva dentro del término que señala la Ley, y al no haberlo hecho, corresponde declarar la extinción de la acción penal, "máxime si tenemos en cuenta que la acusación en el caso que nos ocupa fue presentada en fecha 13 de junio del presente año".