SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 895/2002-R
Fecha: 29-Jul-2002
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que este Recurso ha sido planteado por los recurrentes alegando que la investigación que se ha abierto contra su representada ha sobrepasado los seis meses de plazo legal sin que el Fiscal presente la solicitud conclusiva, por lo que está siendo procesada ilegal e indebidamente, razón por la que piden se declare extinguida la acción y se deje sin efecto la aprehensión y arraigo dispuestas en su contra, dado que ha sido declarada rebelde. Corresponde ahora analizar si tales extremos son ciertos y si dan lugar a otorgar la tutela que brinda el Hábeas Corpus.
CONSIDERANDO: Que este Recurso extraordinario que tiene como objeto restituir o restablecer, de forma inmediata y oportuna, la libertad de locomoción en los casos de que ésta haya sido ilegal o arbitrariamente amenazada, restringida o suprimida, por lo que podrán interponerlo quienes se consideren indebidamente perseguidos, detenidos, procesados o presos, demandando se guarden las formalidades legales.