Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 902/2002-R
Fecha: 29-Jul-2002
Fragmento 3
Relata que el 14 de junio Jorge Lema fue dado de alta, pero no le permiten dejar el Hospital porque no puede cubrir los gastos emergentes de la curación que alcanzan a la cantidad de Bs. 31.000.- aproximadamente por fracturas de clavícula y fémur, de los cuales el recurrente debe cancelar Bs. 11.288,80 de acuerdo a la documentación que adjunta.