SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 911/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 911/2002-R

Fecha: 31-Jul-2002

3.

3.   Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara improcedente el Recurso,  con los siguientes fundamentos: a) la resolución objetada fue dictada el 23 de septiembre de 2001 y el Amparo se caracteriza por la inmediatez y la subsidiaridad que no se dan en el presente caso pues el proceso está en etapa plenarial y una vez dictada la sentencia el recurrente en ejecución de sentencia podrá hacer valer sus derechos; b) no procede contra resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas aún cuando no se hubiera hecho uso de dicho recurso conforme el art. 196-3) de la Ley N° 1836; c) las autoridades demandadas no realizaron ningún acto ilegal  ni omisión indebida.