AUTO CONSTITUCIONAL 395/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 395/2002-CA

Fecha: 29-Ago-2002

autoridad judicial ya ha dictado sentencia

De los antecedentes que cursan en el expediente se establece que la autoridad judicial ya ha dictado sentencia encontrándose el proceso coactivo  civil seguido por el Banco Santa Cruz S.A. representado por Víctor Salvatierra Linares contra Ángel Iver Rojas Limón y Adaly Machado de Rojas en ejecución de la misma; fase en la que el coactivado, solicitó al Juez de la causa promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el art. 28 LAPCAF, con el fundamento de que esta norma contraviene lo preceptuado por el art. 16.II CPE; de lo que se infiere que no existe una decisión pendiente en la que el Juez tenga que aplicar la disposición legal cuya inconstitucionalidad solicita se promueva; en consecuencia no existe la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la disposición legal con la decisión que deba adoptar la autoridad judicial, por lo mismo no concurre la condición de procedencia del recurso.