AUTO CONSTITUCIONAL 395/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 395/2002-CA

Fecha: 29-Ago-2002

I.2.1 Respuesta al recurso

Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por Víctor Salvatierra Linares en representación legal del Banco Santa Cruz S.A., manifestando que encontrándose el proceso en ejecución de sentencia, el derecho para presentar este recurso ya se encuentra precluido, habida cuenta de que debería ser planteado antes de que la sentencia se encuentre ejecutoriada, además de que el artículo impugnado no vulnera de ninguna manera lo dispuesto por el art. 16 de la Constitución Política del Estado (CPE), solicitando rechazar dicho recurso por carecer de sustento legal.