Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 934/2002-R
Fecha: 02-Ago-2002
III.2.1.
III.2.1. Que en la especie, el Tribunal sumariante del Consejo de Administración, por Auto de 09 de abril de 2002, resolvió la suspensión del recurrente, quién en Asamblea General de Socios llevada a efecto el 24 de mayo de 2002 (de acuerdo al informe de los recurridos, no desvirtuado por el recurrente), no impugnó la determinación de su suspensión.