SENTENCIA CONSTITUCIONAL 994/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 994/2002 - R

Fecha: 16-Ago-2002

(85-86)

El abogado de los recurridos presentó informe escrito (85-86), en el cual se alega a) que la Cooperativa es fruto de un esfuerzo de la Organización Territorial de Base (OTB) de la Urbanización Sausalito, lo cual ha permitido la revalorización del precio de los inmuebles en la zona, siendo éste el hecho generador del aporte de $US.100.- por lote baldío, cuyo propietario, en su momento no hubiese participado de la mejora en la zona, b) que según el Convenio firmado por la Cooperativa y la OTB, la primera es únicamente un agente de retención del aporte por lote baldío en la zona, lo cual se convino en Asamblea General de Socios, c) que la recurrente en su calidad de socia ha solicitado instalación de agua para un lote baldío de la zona norte, que nunca aportó para las mejoras, pues si bien ella es socia antigua, es por la parte sud, d) que acudieron a INALCO cuando fueron citados y esta institución les dio la razón, e) que la solicitud fue rechazada en Asamblea General  de Socios de la Cooperativa y f) que conforme al art. 13-e) y d) del Estatuto Orgánico son obligaciones y deberes de los socios pagar el valor total del certificado de aportación suscrito o el 30% del valor fijado, a tiempo de ser admitido como socio, y pagar la cuota de ingreso y otras obligaciones contraídas con la Cooperativa.