SENTENCIA CONSTITUCIONAL 994/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 994/2002 - R

Fecha: 16-Ago-2002

III.2

III.2   Que, la recurrente reconoce en su demanda que es vecina de la Urbanización donde tiene su base de servicios la Cooperativa recurrida, de lo cual, se colige que la recurrente es miembro de la Junta de Vecinos de la Urbanización, de manera que las decisiones de la misma le alcanzan en todos sus efectos.

            Que, dicha Junta según se refiere del Convenio suscrito con la Cooperativa recurrida, en agosto de 1999 resolvió un aporte de cien dólares 00/100 americanos por concepto de derecho a conexión de agua en lotes baldíos, de modo que al ser dicho aporte una decisión emergente de la Junta es obligatoria para todos los vecinos que habitan la zona.