Fragmento 2
Que, pide se aclare sobre el significado y los alcances del art. 149 del Código Tributario, de 28 de mayo de 1992 (CTb) en lo que se refiere al error y fraude, estableciéndose que en caso de demostrarse los mismos, los contribuyentes pueden ser sujetos a nuevas fiscalizaciones posteriores por rubros o periodos iguales.
