AUTO CONSTITUCIONAL 51/2002-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 51/2002-ECA

Fecha: 09-Sep-2002

Fragmento 4

          Que, este Tribunal otorgó la protección demandada en la presente acción extraordinaria, porque de los antecedentes que cursan en obrados se evidenció la vulneración al derecho fundamental de seguridad jurídica del recurrente, no siendo competencia de la jurisdicción constitucional pronunciarse sobre la existencia y los efectos de algún vicio en la manifestación de voluntad (error o fraude).