Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1038/2002-R
Fecha: 02-Sep-2002
II.2.
II.2. Los representados del recurrente en 28 de agosto de 2000, demandan contra la Empresa AGEDESA proceso laboral por el cobro de beneficios sociales, equivalente a la suma de Bs205.321,94; a tiempo de admitir dicha demanda el Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social, ordena al Juez recurrido remita el monto demandado, expidiendo para el efecto el exhorto suplicatorio de 26 de septiembre de 2000 (fs. 140-145). El juez recurrido en 03 de octubre de 2000 decretó que encontrándose el caso antes de remate, se tendrá presente la solicitud en su oportunidad (fs. 146).