Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1038/2002-R
Fecha: 02-Sep-2002
IMPROCEDENTE
La Resolución que sale de fs. 169-170, declara IMPROCEDENTE el Recurso, con los siguientes argumentos: a) el recurso ha ingresado el 14 de junio de 2002 y el Auto de Vista impugnado data del 03 de agosto de 2001, no existiendo la inmediatez en su planteamiento y b) los recurrentes pudieron haber interpuesto la tercería de pago preferente, conforme determina el art. 513 del CPC.