SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1039/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1039/2002-R

Fecha: 02-Sep-2002

Director de Desarrollo Social de la Prefectura, que es la autoridad de la cual depende funcionalmente el recurrido

Que la opinión del Director Técnico del SEDES recurrido (de disponer la improcedencia del traslado de la farmacia de la recurrente), pudo haber sido impugnada ante el Director de Desarrollo Social de la Prefectura, que es la autoridad de la cual depende funcionalmente el recurrido, autoridad que tiene la atribución de supervisar las actividades del Servicio Departamental vinculadas a establecimientos privados de salud, como es la farmacia de la recurrente.