Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1048/2002-R
Fecha: 02-Sep-2002
Fragmento 3
Alega que el mencionado Fiscal, no recibió la declaración del imputado ni apreció correctamente las pruebas ofrecidas de su parte y adujo que la conducta no se adecua al tipo penal, siendo este extremo ratificado por el Fiscal de Distrito, quien utilizó similar fundamento agregando que no se demostró la intención de obtener beneficio económico indebido en la conducta de Alfonso Savavedra Bruno.