Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1053/2002-R
Fecha: 03-Sep-2002
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
En la audiencia de 26 de junio de 2002 (fs. 17-19), el recurrente ratificó los términos de su demanda y aclaró que no cuenta con recursos para constituirse en La Paz para plantear el recurso contra el Presidente de la CNE y es por eso que dirigió su acción contra el Presidente de la Corte Departamental de Pando que lo representa, al estar el órgano electoral descentralizado.