SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1056/2002-R
Fecha: 02-Sep-2002
I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
En el Juzgado Liquidador Quinto de Instrucción en lo Penal inició sumario penal contra Cristian Bruun y Lucy Ríos de Bruun por los delitos de estafa y estelionato, en el que se dictó el Auto Inicial de la Instrucción el 13 de octubre de 1998, por encontrarse sus conductas dentro de las previsiones de los arts. 335 y 337 del Código Penal (CP) cuya instrucción concluyó con el Auto Final del Sumario de 28 de septiembre de 2001, que dispuso el procesamiento de los imputados Cristian Bruun y Lucy Ríos de Bruun por la comisión de los delitos mencionados.
Radicado el proceso en el Juzgado Primero de Partido en lo Penal, los procesados después de su confesión apelaron contra el Auto final de procesamiento ante la Corte Superior cuya Sala Penal Segunda dictó el Auto de Vista de 3 de abril de 2002, que revoca el Auto de procesamiento apelado y deliberando en el fondo dispone el sobreseimiento provisional de los procesados, con el argumento de no existir indicios de culpabilidad, pronunciándose por otra parte y en forma oficiosa sobre una prescripción que fue interrumpida con la presente acción penal, vulnerando de esa manera el art. 101 CP, puesto que con el ejercicio de la acción penal se interrumpió la prescripción de la acción, toda vez que con la facultad que le confiere el art. 123 del Código de Procedimiento Penal (CPP) formuló oportunamente denuncia sobre la comisión de delitos de acción pública que no habían prescrito.