SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1056/2002-R
Fecha: 02-Sep-2002
III.2
III.2 Lo anteriormente señalado muestra que la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz ha incurrido en un acto ilegal que vulnera el derecho a la defensa y al debido proceso en lo que se refiere el art. 16 CPE ya que se ha pronunciado, de manera ultra petita, sobre un punto no apelado contrariando así lo dispuesto por el art. 278 CPP y negando así toda posibilidad de que el recurrente asuma defensa. Por otra parte, hay incongruencia y contradicción en el fallo impugnado en razón a que si se afirma, por una parte, que se da la prescripción de la acción penal y, por otra, se declara sobreseimiento del imputado, se dan dos extremos excluyentes, pues resulta ilógico y contradictorio declarar sobreseída la causa cuando, dentro de ella y en el mismo fallo, se ha declarado la prescripción de la acción penal.