Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1074/2002- R
Fecha: 09-Sep-2002
Egigenio Carrillo Salazar, en representación sin mandato de su hija Fabiola Carrillo Viña
En la revisión la Resolución de 2 de agosto de 2002, cursante de fs. 7 vta. a 8, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Egigenio Carrillo Salazar, en representación sin mandato de su hija Fabiola Carrillo Viña contra Carlos Dabdoub Arrien, Director del Hospital “Japonés”, alegando vulneración de los derechos a la libertad y a la locomoción, previstos en los arts. 6-II y 7-g) de la Constitución Política del Estado (CPE);