Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1084/2002-R
Fecha: 09-Sep-2002
2º
2º Se deja sin efecto la audiencia de las medidas cautelares y regularizando procedimiento se dispone se devuelvan antecedentes al Ministerio Público con más el detenido para que se reciba en forma inmediata la declaración informativa del recurrente quien debe estar asistido de su abogado defensor, en observancia de las disposiciones legales citadas.