Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1113/2002-R
Fecha: 13-Sep-2002
II.4.
II.4. Que, en 25 de julio de 2002 los recurrentes como candidatos por el Frente Mide y TNT, impugnan los resultados electorales y solicitan segunda vuelta (fs. 9). Pedido que es rechazado por Resolución 36 del Comité Electoral de 25 de julio de 2002, en la que además se enmienda y rectifican resultados electorales (fs. 6-8).
- Julio Tejerina Guerra y Paz Cabrera Valencia
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- I.1.3. Autoridad o personas recurrida y petitorio.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- mayoría absoluta de votos válidos
- validez
- sistemas de mayoría absoluta
- votos válidos