SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1113/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1113/2002-R

Fecha: 13-Sep-2002

validez

            Que, el resultado de un proceso electoral en su conjunto se encuentra estrechamente relacionado con la valoración sobre la validez de los votos emitidos. En ese marco, un voto emitido es válido cuando expresa la voluntad inequívoca del sufragante de optar por alguna de las opciones o candidaturas propuestas y en consecuencia produce efectos legales. Al contrario, un voto emitido no expresa la voluntad del votante cuando es un voto nulo (contiene algún defecto implícito inequívoco que invalida el sufragio) o es un voto blanco (no tiene marca ni seña), en tales circunstancias ese voto al no ser válido no produce efecto jurídico alguno.