Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1118/2002 - R
Fecha: 16-Sep-2002
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, el recurrente alega como vulnerado el derecho a la seguridad jurídica con el argumento de que los recurridos han conocido y resuelto un recurso de casación emergente de un proceso sumarísimo donde sólo se admite apelación, por lo que corresponde dilucidar si dicho acto es ilegal como también si es evidente, a fin de otorgar la tutela solicitada.