Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1136/2002-R
Fecha: 19-Sep-2002
rechaza
Por Resolución de 25 de junio de 2002, de fs. 24 de obrados, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba rechaza el recurso con el argumento de que el amparo constitucional no es un medio idóneo para modificar o desconocer las resoluciones de otro recurso constitucional de hábeas corpus, con requisitos de forma y fondo propios.