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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1142/2002 - R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1142/2002 - R

    Fecha: 19-Sep-2002

    III.2

    III.2   Que, respecto a la solicitud de homologación de acuerdo transaccional presentado por las partes, no puede ser considerado por el Tribunal, ya que no actúa como Tribunal de Apelación, sino revisa la actuación y decisión del Juez del Amparo, debiendo en consecuencia las partes apersonarse a la Jueza para hacer valer sus pretensiones.

    • Lidia Linarez Durán, Concejala Secretaria del Concejo Municipal de Arani
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • procedente
    • II.2
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • ANULA

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