Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1145/2002-R
Fecha: 19-Sep-2002
III.2.
III.2. El Juez Segundo de Sentencia -ahora recurrido- luego de devolvérsele el expediente, dando cumplimiento a la resolución judicial pronunciada por el tribunal de alzada, expide y ejecuta los mandamientos de detención formal sin que ello constituya acto ilegal pues se limitó a cumplir lo dispuesto por dicho tribunal. Esto significa que el recurso fue erróneamente planteado en contra del Juez Segundo de Sentencia porque no fue él quien ordenó la detención formal del esposo de la recurrente.