SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1154/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1154/2002-R

Fecha: 23-Sep-2002

a)

Que, los actos ilegales demandados están constituidos en las siguientes arbitrariedades: a) no se ha sorteado el proceso en debida forma y tampoco se han sujetado a lo que establecen los arts. 117 y 123 de la Ley de Organización Judicial, de 18 de febrero de 1993 (LOJ), b) se han pronunciado dos autos intimatorios de pago y dos sentencias, sin que una de ellas haya sido anulada, c) se ha extendido una minuta de adjudicación judicial en base a un auto de aprobación de remate nulo, d) en las medidas previas al remate se admite un plano del Municipio de la Guardia siendo que el lote de su propiedad se encuentra en la Provincia Andrés Ibáñez y e) se acepta una liquidación propuesta por los ejecutados en la que se admite que el abogado cobre una iguala y además cobre de acuerdo al arancel mínimo.

Einar Angelo Lijerón, Juez Quinto de Partido en lo Civil,  presenta su informe que cursa a fs. 199, señalando: a) como emergencia de una Sentencia Constitucional, el  a-quo mediante Auto de 23 de enero de 2001 anuló actuados y b) en apelación confirmó la resolución apelada por Auto de Vista 450/2002 de 24 de abril de 2002.