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    AUTO CONSTITUCIONAL 035/2003-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 035/2003-CA

    Fecha: 23-Ene-2003

    COMISION DE ADMISIÓN

    No intervienen los Magistrados Dr. René Baldivieso Guzmán por encontrarse en uso de su vacación anual y la Magistrada Dra. Elizabeth Iñiguez de Salinas por estar con licencia. En su reemplazo intervienen los Magistrados  Dr. Rolando Roca Aguilera y el Dr. Felipe Tredinnick Abasto, convocados al efecto.

    • Julio César Rendón Vaca, Director Municipal de Género y Asuntos Generacionales del Municipio de Santa Cruz en representación de Michael Erick Fernández Parada
    • I.1. Antecedentes
    • I.2. Argumentos jurídicos del recurso
    • II. ANÁLISIS DE LA EXISTENCIA DE CONTENIDO JURÍDICO CONSTITUCIONAL
    • no debe entenderse que tal protección constitucional sea aplicable a supuestas infracciones al debido proceso
    • usurpa funciones o ejerce una jurisdicción y competencia que no emana de la Ley
    • RECHAZA
    • COMISION DE ADMISIÓN

    Otros enlaces de interés:

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