Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0002/2003-R
Fecha: 07-Ene-2003
III.3
III.3 No se ha constatado actuación alguna de Raquel Alem de Saba en la dictación de la Resolución que autorizó la segunda convocatoria, ni en el proceso de preselección, que realizó “P.A. & Partners”, de lo que se concluye que la co- recurrida carece de legitimación pasiva en el presente recurso, calidad que de acuerdo a lo sostenido por el Tribunal Constitucional en sus fallos 255/2001-R, 829/2001-R, 1349/2001-R, 984/2002-R, y muchos otros, se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que causó la presunta violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción, lo que no ocurre en el presente caso, corroborando la improcedencia de este amparo.