SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2003-R
Fecha: 07-Ene-2003
a)
Con esos antecedentes plantea recurso de amparo constitucional contra Edgar Montaño Rivera, Presidente del Concejo Municipal y Gonzalo Terceros Rojas, Alcalde Municipal del Cercado del Departamento de Cochabamba, pidiendo se declare procedente el recurso interpuesto y se disponga: a) se dicte Ordenanza Municipal de expropiación del terreno de la extensión superficial de 1497,72 m2, b) se anulen la Resolución Técnico Administrativa 701/01, así como las Resoluciones Municipales 3399/2002 y 3501/2002, y c) se determine responsabilidad civil y penal.
A su turno, el abogado de las autoridades recurridas expresó: a) la Resolución de 1959 se refiere a la aprobación de un plano, habiendo la propietaria aceptado voluntariamente hacer una cesión gratuita de 7000 m2, b) 40 años después, la familia de los recurrentes persigue indemnización y c) la expropiación no puede ser un acto a pedido de un particular. Por lo que pide se declare improcedente el recurso.