Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0077/2003-R
Fecha: 22-Ene-2003
procedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo pronuncia resolución que declara procedente el recurso disponiendo que el Juez demandado ordene que previa a la entrega de los vehículos se cancelen los honorarios del recurrente con el fundamento de que la autoridad recurrida al no haber ordenado la cancelación previa de honorarios a la entrega de los vehículos incurrió en acto ilegal al desconocer el derecho de retención que la ley le confiere al depositario, además de amenazar con restringir la libertad y seguridad jurídica que le concede la ley.