AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2003-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2003-CDP

Fecha: 03-Oct-2003

I.1

I.1 Mediante  Sentencia Constitucional 0754/2003-R de 4 de junio, este Tribunal aprobó la Resolución de fs. 42 a 43 de 2 de abril de 2003 dictada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Oruro declarando procedente el recurso respecto al derecho al trabajo consagrado en el art. 7.d) CPE, fallo en el que se dispuso además de  la aplicación del art. 102.VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) para la calificación de daños y perjuicios que debe hacerla el Tribunal de amparo, el pago  de los sueldos, bonos y aguinaldo devengados.