ya ha dictado la Resolución de 27 de octubre de 2002,
De los antecedentes remitidos se establece que el Tribunal Nacional de Honor del Colegio Nacional de Abogados de Bolivia ya ha dictado la Resolución de 27 de octubre de 2002, que resuelve la apelación de la Resolución de 7 de noviembre de 2001 pronunciada por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de Santa Cruz, resolución que no admite recurso ulterior alguno de conformidad a lo dispuesto por el art. 51 del Código de ética profesional para el ejercicio de la abogacía.
- Jorge Aillón Zambrana, Jorge Lema Morales, Fredy Hurtado Caballero y Adolfo Vera del Carpio, Presidente, Vicepresidente, Vocal Secretario y Vocal Residente del Tribunal Nacional de Honor del Colegio Nacional de Abogados de Bolivia,
- el Código de ética para el ejercicio de la abogacía.
- I.2. Respuesta al recurso
- rechazan el incidente
- II.2. Cumplimiento de requisitos
- ya ha dictado la Resolución de 27 de octubre de 2002,
- se infiere que no existe una decisión de fondo pendiente en la que el Tribunal Nacional de Honor del Colegio Nacional de Abogados de Bolivia tenga que aplicar las normas del código cuya inconstitucionalidad solicita se promueva
- APRUEBA
