AUTO CONSTITUCIONAL 468/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 468/2003-CA

Fecha: 07-Oct-2003

los arts. 13, 19 y 21 del Reglamento 3022/2003 y la modificación del último artículo efectuada por la Ordenanza 3029/2003

Augusto Azcui Matos y Flor Beatriz Moscoso de Azcui dentro del proceso administrativo de aprobación de planos, solicitan  al Alcalde Municipal de la Provincia Cercado de Cochabamba promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra los arts. 13, 19 y 21 del Reglamento 3022/2003 y la modificación del último artículo efectuada por la Ordenanza 3029/2003,  argumentando que dichas normas vulneran los principios de la seguridad jurídica, el derecho al trabajo y a la propiedad privada reconocidos por los arts. 7 incs. a), d) e i), 22-I y 134 de la Constitución Política del Estado y el art. 5 de la Ley de Hidrocarburos concordante con el art. 1 de su reglamento, al aprobarse el reglamento para la construcción y operación de estaciones de servicio de combustible líquidos y gas natural sin concordancia con los Reglamentos de la Ley de Hidrocarburos, la Ley del Medio Ambiente y otras normas relacionadas.