los arts. 13, 19 y 21 del Reglamento 3022/2003 y la modificación del último artículo efectuada por la Ordenanza 3029/2003
Augusto Azcui Matos y Flor Beatriz Moscoso de Azcui dentro del proceso administrativo de aprobación de planos, solicitan al Alcalde Municipal de la Provincia Cercado de Cochabamba promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra los arts. 13, 19 y 21 del Reglamento 3022/2003 y la modificación del último artículo efectuada por la Ordenanza 3029/2003, argumentando que dichas normas vulneran los principios de la seguridad jurídica, el derecho al trabajo y a la propiedad privada reconocidos por los arts. 7 incs. a), d) e i), 22-I y 134 de la Constitución Política del Estado y el art. 5 de la Ley de Hidrocarburos concordante con el art. 1 de su reglamento, al aprobarse el reglamento para la construcción y operación de estaciones de servicio de combustible líquidos y gas natural sin concordancia con los Reglamentos de la Ley de Hidrocarburos, la Ley del Medio Ambiente y otras normas relacionadas.
- Edgar Montaño Rivera, Alcalde Municipal de Cochabamba
- los arts. 13, 19 y 21 del Reglamento 3022/2003 y la modificación del último artículo efectuada por la Ordenanza 3029/2003
- I.2.1 Respuesta al recurso
- Fragmento 4
- cuya decisión dependa
- no depende ni está condicionada a la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las
- APRUEBA
