AUTO CONSTITUCIONAL 468/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 468/2003-CA

Fecha: 07-Oct-2003

no depende ni está condicionada a la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las

En consecuencia, la resolución pendiente del proceso administrativo de aprobación de planos interpuesta por  Augusto Azcui Matos y Flor Beatriz Moscoso de Azcui ante el Alcalde Municipal de la Provincia Cercado de Cochabamba, no depende ni está condicionada a la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las Ordenanzas Municipales 3022/2003 y 3029/2003, dependencia que constituye uno de los requisitos esenciales para hacer viable el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, conforme se desprende del contenido y alcances del art. 59 LTC. Así Auto Constitucional 245/2000-CA de 28 de noviembre de 2000 entre otros