SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1484/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1484/2003-R

Fecha: 20-Oct-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

En el escrito presentado el 5 de septiembre de 2003 (fs. 11 a 13 ), el recurrente aduce que el 22 de enero de 1996 Simón Quispe Cruz,  le inició un proceso penal por abuso de confianza, a consecuencia de un préstamo de dinero que le hizo con el 5% de intereses, que le fue devuelto, motivo por el que al haber llegado a un acuerdo transaccional el querellante desistió de la acción, que no fue considerado por el Ministerio Público y rechazado por el Juez de Instrucción, proceso que por negligencia del  querellante se sustancia  hasta la fecha.

Añade que el supuesto delito fue cometido el 3 de octubre de 1992, habiendo transcurrido más de 10 años, por lo que demandó la prescripción de la acción penal amparado en lo dispuesto por los arts. 27.8) y 29.3 del Código de procedimiento penal (CPP), en relación con los arts. 33 y 228 de la Constitución Política del Estado (CPE),  ante el Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal, que declaró probada la prescripción mediante Resolución 441/2002 de 17 de junio.

Alega que en el  recurso de apelación  el Juez Tercero de Partido Liquidador, mediante Resolución 26/2003 de 11 de abril revocó la resolución apelada y dispuso la continuación del proceso, que de esa manera el referido Juez ha vulnerado su derecho a la libre locomoción, puesto que a la fecha se encuentra con medidas sustitutivas a la detención, e infringe el carácter retroactivo de las normas penales.