AUTO CONSTITUCIONAL 0037/2003-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0037/2003-CDP

Fecha: 17-Nov-2003

II.2

II.2           Por otra parte, la sentencia dictada dentro de este recurso, al otorgar la tutela reclamada, por haberse vulnerado el derecho al trabajo de la recurrente, dispuso  que la autoridad demandada la reincorpore en forma inmediata  a su cargo de profesora  de Ciencias Sociales del Establecimiento Educativo “Oscar Unzaga de la Vega”, sin referirse al resarcimiento de daños civiles.