Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0037/2003-CDP
Fecha: 17-Nov-2003
II.2
II.2 Por otra parte, la sentencia dictada dentro de este recurso, al otorgar la tutela reclamada, por haberse vulnerado el derecho al trabajo de la recurrente, dispuso que la autoridad demandada la reincorpore en forma inmediata a su cargo de profesora de Ciencias Sociales del Establecimiento Educativo “Oscar Unzaga de la Vega”, sin referirse al resarcimiento de daños civiles.