SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0266/2003-R
Fecha: 26-Nov-2003
a)
A su turno, el abogado de las autoridades recurridas manifestó: a) el proceso ante la Comisión de Ética nunca fue consumado, pues el auto de procesamiento que se dictó fue posteriormente anulado, luego de que se advirtieran una serie de errores procedimentales, proceso que será posteriormente reiniciado puesto que existen suficientes indicios de responsabilidad civil y penal en contra del recurrente; b) el recurrente incurre en confusión al afirmar que se le han abierto dos procesos por los mismos hechos en la Comisión de Ética y en el proceso de censura constructiva, el cual no es un proceso común y corriente sino una medida de excepción, que obedece principalmente a la pérdida de confianza en el Alcalde; c) el 28 de octubre se presentó la moción de voto constructivo de censura firmada por dos concejales que hacen un tercio del Concejo, habiéndose dado cumplimiento a lo previsto por los arts. 50 y 51 de la Ley de Municipalidades (LM), lo cual fue verificado por el vocal designado por la Corte Electoral, no siendo evidente que la sesión se haya realizado a puerta cerrada, y d) no se ha incurrido en ningún acto ilegal. Por lo que solicita se declare improcedente el recurso.