SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0266/2003-R
Fecha: 26-Nov-2003
I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
Que, por Acta 63/2002, de 4 de octubre, se dispuso la apertura de un proceso interno en contra de Katsuyoshi Taira Nagamine (recurrente), por supuestos delitos (pese a que no existe ninguna auditoría que establezca malos manejos) y por la no aprobación del POA 2001 (lo que no es cierto porque fue aprobado por el propio Concejo), que fue derivado a la Comisión de Ética, la que instruyó sumario administrativo por Resolución de 9 de octubre de 2002, apersonándose el recurrente a dicha Comisión el 15 de octubre, abriéndose término de prueba de diez días por Auto de 18 de octubre y el 30 del mismo mes y año presentó sus pruebas de descargo.
Que, el Concejo Municipal por Auto de 28 de octubre de 2002, anuló obrados de la Comisión de Ética y pese a estar vigente el proceso administrativo inició en contra del recurrente un proceso de censura por los mismos motivos que eran tratados por la Comisión de Ética; por lo que en reiteradas oportunidades pidió la acumulación del trámite de la censura al proceso administrativo, por cuanto no pueden existir dos procesos por la misma causa, solicitud a la que ilegalmente no se dio curso.
Que, el 4 de noviembre de 2002, el recurrente denunció esas irregularidades a la Corte Departamental Electoral, pero sin embargo de ello, el 06 del mismo mes y año se llevó a cabo la audiencia de voto de censura, la misma que no fue realizada después de los 7 días de la supuesta notificación (como correspondía), audiencia en la que el vocal designado por la Corte no dispuso la suspensión del acto ni ordenó se subsanen las irregularidades, permitiendo la consolidación del irregular procedimiento de censura, violando los arts. 50 y 51 de la Ley 2028.