SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1555/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1555/2003-R

Fecha: 04-Nov-2003

1.2.2   Informe de la autoridad recurrida

En su informe corriente de fs. 150, el apoderado del Prefecto recurrido indicó que el 18 de noviembre de 2002, el Colegio de Auditores o Contadores Públicos solicitó la revocatoria de la Resolución Prefectural 091/2002, manifestando que el Colegio de Contadores se arrogó competencias que no le corresponden, violando el art. 8 del DS 3911, la Resolución Administrativa del Directorio del Servicio de Impuestos Nacionales 10-02-02 y el DS 26226; que, esta solicitud fue derivada al Ministerio Público, cuyo representante dictaminó en sentido de que se revoque aquella Resolución Prefectural por contravenir las atribuciones y competencias del Colegio de Auditores y Contadores Públicos,  debiendo el Colegio de Contadores de Santa Cruz modificar sus estatutos y reglamentos adecuándolos a lo que establecen las normas en vigencia.  Que, el 13 de febrero del presente año se emitió la Resolución Prefectural 048/03, dando estricto cumplimiento al DS 03911, de 18 de septiembre de 1957 y al dictamen fiscal. Que, el 15 de marzo el Colegio de Contadores solicitó la revocatoria de la Resolución Prefectural 048/03, pero el Fiscal dictaminó en sentido del rechazo de la solicitud de la revocatoria, dictándose la Resolución de 9 de mayo de 2003 por la que, de acuerdo al criterio del Ministerio Público, se dispuso que se rechace dicha solicitud, y que la parte afectada debía ocurrir ante el Juez de Partido, conforme al art. 59 Codigo Civil (CC).