SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1559/2003-R
Fecha: 04-Nov-2003
I.2.2 Informe de la autoridad recurrida
El recurrido, por informe escrito de fs. 185, expresó que la tramitación del proceso coactivo, que sigue el Banco Económico S.A. contra Bismar Alfonso Villarroel, fue legal y que la designación del perito se efectuó con noticia de la parte recurrente, notificándole en forma personal con la tasación, y si bien impugnó al perito, proponiendo una nueva designación, su pretensión fue rechazada por extemporánea, a través de decreto que adquirió ejecutoria. Ante el remate del bien y la adjudicación a favor del ejecutante por falta de postores, se concedió a la actora 15 días para la desocupación del inmueble, mediante decreto que apelado fue confirmado por la Corte Superior, motivo por el que emitió el decreto de cúmplase y libró el respectivo mandamiento que fue ejecutado el 23 de julio de 2003 en observancia del art. 517 del Código de procedimiento civil (CPC) con relación al art. 45 de la Ley 1760, sin necesidad de notificación al haberse advertido que en caso de incumplimiento, se procedería a la desocupación ordenada.