SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1567/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1567/2003-R

Fecha: 04-Nov-2003

I.1.1    Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 12 de agosto de 2003 el recurrente señala que sus representados se encuentran indebidamente detenidos en el penal de “Palmasola”, por un sumario penal que se inició sin denuncia, citación previa, ni Diligencias de Policía Judicial, y sin más trámite el Juez recurrido les nombró abogado defensora de oficio quien no cumplió con su función, dejándolos, el juez y la abogada, en indefensión dentro el sumario del que jamás ellos han tenido conocimiento.

Continúa e indica que en la tramitación de la causa se observa irregularidades y defectos de procedimiento que violentan el debido proceso de ley, a cuya consecuencia se dictó por el recurrido un ilegal Auto de procesamiento y desglosado ilegítimamente por el Juez Primero de Partido en lo Penal, habida cuenta que hasta la remisión del expediente no hay ningún mandamiento hasta la nota de cargo de recibido de la Secretaria de fecha 22 de abril de 2003, ni con la radicatoria de la causa; lo extraño es que cuando fueron detenidos, al revisar el expediente se constata que apareció una comisión instruida y mandamiento de detención formal, solamente en fotocopias, ilegalmente ejecutados en Trinidad-Beni; constando descargo ante el Gobernador del Centro de Rehabilitación “Santa Cruz” de Hilarión Gutiérrez y no así de Saturnina B. de Gutiérrez pese a que también se encuentra detenida, incumpliendo con ello los pasos legales que establece el procedimiento.